AVISO IMPORTANTE. El sábado 14 de marzo se ha publicado el Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Entre las limitaciones de movimiento que establece el RD, cabe destacar en el sector náutico la prohibición de realizar actividades deportivas al aire libre y náuticas durante 15 días prorrogables.
Por tanto, desde el 14 de marzo hasta el 29 de marzo, al menos, no se pueden realizar actividades náuticas recreativas y deportivas de ningún tipo: vela, pesca, submarinismo, esquí náutico, motos náuticas…
Quién incumpla estas limitaciones incurrirá en infracciones sancionadas con multas de entre 800 y 3.000€.
Conviene recordar que en situaciones de estado de alarma los seguros no se hacen responsables de gastos de siniestros ni de remolque o rescate y los seguros federativos quedan suspendidos mientras dure el estado de alerta.
Por otra parte, según órdenes de la Guardia Civil del Mar a los puertos deportivos, queda prohibida la navegación y las embarcaciones deberán permanecer en sus amarres hasta nuevo aviso. Solo pueden permanecer en las embarcaciones los usuarios que la tengan como vivienda habitual, es decir, vivan en ellas. Los usuarios de estas instalaciones que no trabajen o vivan en ellas no tienen permitido el acceso sin consentimiento de la guardia civil.
Respecto a la enseñanza y titulaciones náuticas, de acuerdo con la Resolución de 12 de marzo de 2020 del Director General de Puertos, Aeropuertos y Costas de la Generalitat Valenciana, la convocatoria de exámenes teóricos para la obtención de titulos náuticos que se iba a celebrar los próximos días 3 y 4 de abril QUEDA SUSPENDIDA. Los alumnos ya matriculados podrán utilizar los derechos de examen abonados en la convocatoria de 12 y 13 de junio que ase celebrará en Alicante.
Desde Oceánica nos solidarizamos con todos los usuarios afectados y os comunicamos que reiniciaremos la actividad tan pronto como cese el estado de alerta.